¿Qué es la subsanación discrepancias catastro?
La subsanación de una discrepancia catastral es un trámite por el cual un particular, solicita al catastro y le pone en conocimiento que el inmueble o parcela real no concuerda ni se ajusta a la superficie que muestra el catastro. Por ello hay que realizar este escrito para que el catastro corrija su error.
¿Cuándo solicitar una subsanación discrepancias catastro?
El plazo de resolución de la subsanación de la discrepancia catastral es de 6 meses desde que se inicia el proceso.
¿Cómo tramitar una subsanación discrepancias catastro?
La subsanación de la discrepancia catastral se puede iniciar tanto por los particulares como por la propia administración. Se deberá de presentar ante la oficina del catastro una solicitud de subsanación de la discrepancia catastral, además habrá que adjuntarle un informe técnico realizado por un profesional y una medición topográfica con los cuales se justificará dicha discrepancia.
Una vez presentada dicha solicitud, la administración tiene un plazo de 6 meses para resolverla y su resolución se notificará a los interesados. Los cuales tendrán un plazo de un mes para interponer un recurso administrativo o judicial. Además esta resolución podrá incorporarse a la escritura de propiedad de la finca o inmueble.
Normativa y requisitos de la subsanación discrepancias catastro
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.